El procedimiento
Cómo se tramita
Las denuncias por violencia sobre la mujer se tramitan ante las secciones de violencia sobre la mujer de los tribunales de instancia, que concentran la instrucción penal y las medidas civiles urgentes sobre los hijos y la vivienda. Con frecuencia el asunto empieza con una detención y sigue por los cauces del juicio rápido, con la comparecencia ante el juez en las horas siguientes.
En esa primera comparecencia se decide sobre la orden de protección del artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: prohibición de aproximarse y comunicarse con la denunciante, atribución del uso de la vivienda y medidas sobre los menores. Su contenido afecta de inmediato a la vida diaria del investigado, a veces durante meses.
Los delitos
Qué se castiga
- Maltrato ocasional (artículo 153): menoscabo psíquico, lesión leve o golpe sin lesión. Prisión de seis meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad, además de la privación del derecho a tener armas.
- Amenazas y coacciones leves (artículos 171.4 y 172.2), con penas similares.
- Maltrato habitual (artículo 173.2): prisión de seis meses a tres años.
- Quebrantamiento de condena o de medida cautelar (artículo 468), muy frecuente cuando existe una orden de alejamiento.
En todos ellos la condena lleva consigo, de forma obligatoria, la prohibición de aproximarse a la víctima durante un tiempo superior al de la pena de prisión.
La defensa
Las claves
La declaración de la denunciante suele ser la prueba principal, y la jurisprudencia exige que sea creíble, persistente y corroborada por otros datos. La defensa revisa esa corroboración: partes médicos, testigos, mensajes, la secuencia temporal de los hechos y la existencia de procesos de familia en paralelo.
Es esencial no aceptar en la guardia una conformidad sin valorar sus consecuencias. Una condena, aunque sea leve, genera antecedentes penales, conlleva la prohibición de aproximación y puede afectar a la custodia de los hijos y a la situación administrativa de los extranjeros.
Dudas habituales
Preguntas
frecuentes
¿Me pueden detener solo con una denuncia?
Sí. Ante una denuncia por violencia de género la policía suele proceder a la detención y poner al detenido a disposición del juzgado en las horas siguientes. Desde ese momento tiene derecho a abogado de confianza.
¿Qué pasa si incumplo una orden de alejamiento aunque ella esté de acuerdo?
Se comete un delito de quebrantamiento. El consentimiento de la persona protegida no excluye el delito, porque la orden la dicta el juez y solo él puede dejarla sin efecto.
¿Puede la denunciante retirar la denuncia?
Estos delitos son públicos: el procedimiento sigue aunque la denunciante quiera retirarse. Puede, en determinados casos, acogerse a la dispensa de declarar contra su pareja, pero la ley excluye esa dispensa, entre otros supuestos, cuando se ha personado como acusación particular.
¿Una condena por violencia de género afecta al permiso de residencia?
Puede afectar. Los antecedentes penales se tienen en cuenta en las renovaciones y en la nacionalidad, y determinadas condenas permiten la expulsión. Conviene valorarlo antes de aceptar cualquier acuerdo.
Málaga y Costa del Sol
Si la causa
está en Málaga
En Málaga capital, estos asuntos se tramitan en las secciones de violencia sobre la mujer de la Ciudad de la Justicia y, fuera de la capital, en los partidos judiciales de la provincia.
Si hay detención, la primera comparecencia ante el juez es decisiva. En ella se resuelve la orden de protección y, muchas veces, se tramita un juicio rápido en el que cabe la conformidad. Lo que se haga en esas horas pesa después en todo el procedimiento, así que conviene que el abogado de confianza esté desde el principio.
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Cada asunto pasa antes por un estudio de viabilidad. Si encaja, se reserva una primera consulta.