Qué castiga la ley
Organización
y grupo criminal
El Código Penal distingue dos figuras. La organización criminal (artículo 570 bis) es una agrupación de más de dos personas, estable o por tiempo indefinido, que se reparte de forma concertada y coordinada diversas tareas o funciones para cometer delitos. El grupo criminal (artículo 570 ter) es la unión de más de dos personas que, sin reunir todos esos rasgos, tiene por finalidad la comisión concertada de delitos.
Para quienes promueven, constituyen, organizan o dirigen una organización dedicada a delitos graves, la pena es de cuatro a ocho años de prisión; para quienes participan activamente o forman parte de ella, de dos a cinco años. Estas penas se suman a las del delito que la organización comete: tráfico de drogas, blanqueo, fraudes, contrabando o trata, entre otros.
La defensa
Individualizar
a cada acusado
En las causas por criminalidad organizada la acusación suele describir una estructura y colocar en ella a todos los investigados. La primera tarea de la defensa es separar al cliente de ese relato:
- Discutir que exista realmente una organización con estabilidad y reparto de funciones, y no una coincidencia puntual de personas.
- Probar el papel concreto de cada uno: no es lo mismo dirigir que realizar un encargo aislado.
- Controlar la duración del secreto de las actuaciones y sus prórrogas, y el acceso de la defensa a la causa una vez alzado.
- Combatir la prisión provisional con argumentos individuales, no con los genéricos de la causa.
- Revisar toda la prueba tecnológica —intervenciones, balizas, volcados de teléfonos, comunicaciones cifradas— y su cadena de custodia.
Son procedimientos que se instruyen durante años, a menudo ante la Audiencia Nacional o ante tribunales de distintas provincias. Requieren método, capacidad para leer grandes volúmenes de documentación y experiencia ante los tribunales superiores.
Dudas habituales
Preguntas
frecuentes
¿Qué diferencia hay entre organización y grupo criminal?
La organización exige estabilidad en el tiempo y un reparto concertado y coordinado de funciones. El grupo criminal es una figura residual para uniones de más de dos personas que no alcanzan esa estructura. Las penas del grupo son menores.
¿Qué es el secreto de sumario?
Es la declaración de las actuaciones como secretas para todas las partes salvo el fiscal, mientras dura una fase de la investigación. Se acuerda por un plazo máximo de un mes, que puede prorrogarse mediante resoluciones motivadas. Al alzarse, la defensa debe tener acceso completo a lo actuado.
¿Qué tribunal juzga las causas de organización criminal?
Depende del delito y de su alcance territorial. Muchas se juzgan en las Audiencias Provinciales. La Audiencia Nacional asume, entre otros, el tráfico de drogas cometido por grupos organizados con efectos en el territorio de distintas Audiencias y las grandes defraudaciones con repercusión en más de una provincia.
Málaga y Costa del Sol
Si la causa
está en Málaga
En la Costa del Sol son frecuentes las operaciones contra organizaciones criminales, sobre todo por narcotráfico y blanqueo. Suelen ser macrocausas con decenas de investigados, secreto de actuaciones durante meses, intervenciones telefónicas encadenadas y piezas separadas.
Se instruyen en la Ciudad de la Justicia o en los juzgados de la costa y se juzgan en la Audiencia Provincial de Málaga, salvo que por su extensión pasen a la Audiencia Nacional. En estas causas, el trabajo del abogado consiste precisamente en separar a su cliente del conjunto: qué se le atribuye a él, con qué prueba y desde cuándo.
Abogado penalista en Málaga · Marbella · Otras zonas de la provincia
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materias
Delitos y cuestiones que suelen aparecer en las macrocausas.
Cada asunto pasa antes por un estudio de viabilidad. Si encaja, se reserva una primera consulta.